Elaborado por: el Staff de Consultoria Tributaria & Financiera S, A.C.
Como es de conocimiento general, el Perú tiene suscrito a la fecha una serie de Convenios para evitar la doble imposición (CDI) con países como Chile, Brasil, México, entre otros. En ese sentido, para invocar los beneficios de dichos convenios, es necesario que el contribuyente domiciliado en el Perú acredite que es residente del país. En la siguiente nota se tratan algunos aspectos relevantes sobre el certificado de residencia.
1.¿Qué es el certificado de residencia?
Sobre el particular, si bien en los textos de los convenios suscritos por el Perú[2], no se hace referencia expresa a la necesidad de obtener un certificado de residencia, resultaría una disposición que adoptarían los Estados para verificar la efectiva residencia y, de esa manera, acceder a los beneficios[3].
En ese sentido, a nivel peruano se puede definir al certificado de residencia de la siguiente manera:
2. ¿Cómo se puede solicitar el certificado de residencia?
A efectos de que se puedan aplicar los beneficios establecidos en los CDI, los contribuyentes domiciliados en el Perú podrán solicitar el certificado de residencia ante la Sunat de las siguientes maneras:
Sin embargo, considerando la coyuntura actual debido al incremento de los contagios de COVID-19, y dada la priorización de atenciones no presenciales, desarrollaremos el trámite mediante MPV-Sunat.
Solicitud tramitada mediante MPV-Sunat
Para realizar dicho trámite deberá presentar de manera escaneada, a través de la MPV-Sunat, los siguientes documentos:
3. ¿Cuál es el plazo en el cual debe resolverse la solicitud de emisión del certificado de residencia?
El plazo en el cual debe resolverse la solicitud de emisión del certificado de residencia presentada es.
Vencido el plazo, de no haberse resuelto la solicitud, el contribuyente podrá darla por denegada, pudiendo interponer el recurso de reclamación
4. ¿Qué información debe contener el certificado de residencia solicitado a la Sunat?
El certificado de residencia solicitado a la Sunat debe contener por lo menos:
a) Número de certificado. |
b) Datos del residente a quien se otorgará el certificado: i) Nombre, o denominación o razón social. ii) Número de RUC. iii) Tipo de contribuyente (persona natural o persona jurídica). iv) Domicilio fiscal. |
c) País donde se presentará el certificado. |
d) Periodo por el cual se solicita la certificación. |
e) Periodo de vigencia del certificado. |
f) Fecha de emisión. |
g) Firma y sello del funcionario competente. |
5. ¿Cuál es el plazo de vigencia del certificado de residencia?
El plazo de vigencia del certificado de residencia solicitado a la Sunat es de cuatro meses contados a partir de la fecha de entrega al contribuyente[7].
Es importante tener en cuenta que debe también revisarse la legislación del país donde será utilizado, por cuanto el plazo para su utilización podría verse limitada.