El domingo 27 de diciembre se publicó la Resolución de Superintendencia N° 000224-2020/SUNAT, mediante la cual establecen los cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los registros de ventas e ingresos y de compras llevados de forma electrónica correspondientes al año 2021. Por un lado, la declaración y pago de tributos de liquidación mensual, cuotas, pagos a cuenta mensuales y tributos retenidos o percibidos, así como la declaración y pago del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF), deben realizarse de acuerdo al siguiente cronograma:
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