Sumilla RTF:00811-9-2019 – el Tribunal Fiscal Revoca la resolución de intendencia a favor del contribuyente luego de verificar lo dispuesto respecto a la deducción de la cobranza dudosa reparada en la declaración jurada anual del ejercicio 2013

20/01/2021
Adan Carrasco

Se revoca la apelada que declaró infundada la reclamación formulada contra una resolución de determinación girada por el Impuesto a la Renta del ejercicio 2013. Se señala que se levanta el reparo por provisión de cobranza sin acreditarse los requisitos para su deducción, toda vez que la NIC 10 no ha sido considerada por la norma tributaria para la evaluación de los requisitos de procedencia de la deducción de la provisión de cobranza dudosa y porque conforme las normas tributarias la evaluación del carácter de incobrable se realiza a la fecha de la provisión contable. En cuanto a la deducción en el ejercicio 2013 de la provisión de cobranza dudosa reparada en los ejercicios 2011 y 2012 se indica que la Administración debe verificar si la provisión de cobranza dudosa contabilizada en los ejercicios 2011 y 2012 cumplió con los requisitos para su deducibilidad en el ejercicio 2013, precisándose que para las deudas que hayan sido objeto de renovación o prórroga expresa y que no se reconoce el carácter de deuda incobrable de acuerdo con el inciso i) del artículo 37 de la Ley, tal como sucedió en los ejercicios 2011 y 2012, el literal b) del numeral 5 del inciso f) del artículo 21 del reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, señala expresamente que cumplido el plazo de vencimiento de las deudas renovadas o prorrogadas, la provisión de estas se podrá deducir en tanto califiquen como incobrables, evidenciando claramente momentos distintos para estos casos, la fecha de la provisión contable y el momento de su deducción, no exigiéndose como requisito para su deducción que la provisión y la deducción se efectué en el mismo ejercicio.

Fuente: http://www.mef.gob.pe/contenidos/tribu_fisc/Tribunal_Fiscal/PDFS/2019/9/2019_9_00811.pdf

Leave a Reply

Cargando...