En la segunda parte de esta nota se presentan los principales aspectos para solicitar una prórroga de un requerimiento de fiscalización:
1. Solicitud de prórroga de un requerimiento de fiscalización
Para la presentación de la solicitud de prórroga[3], referente a un requerimiento de fiscalización, el deudor tributario deberá tener presente los siguientes plazos:
2. Efecto de la solicitud de prórroga presentada fuera de los plazos establecidos
Si el deudor tributario no cumple con presentar la solicitud de prórroga dentro de los plazos señalados, esta se considerará como no presentada.
Asimismo, también se considera como no presentada en caso de que se le requiera exhibir o presentar documentación en un plazo especifico y el deudor tributario no sustente debidamente el motivo por el cual solicita la prórroga, salvo caso fortuito o fuerza mayor.
3. Plazo de respuesta de la Sunat
La Sunat podrá responder la solicitud de prórroga presentada mediante una carta, la cual podrá ser notificada hasta el día anterior a la fecha de vencimiento del plazo originalmente consignado en el requerimiento.
En caso Sunat no responda en el plazo señalado, el sujeto fiscalizado considerará que se le han concedido automáticamente la prórroga concediéndole los siguientes plazos:
Fecha: 28/06/2022