Desde octubre plataformas digitales incluirán el IGV
La tasa ‘Netflix’ ya es una realidad en el Perú: este domingo el Gobierno, liderado por Dina Boluarte, oficializó el mecanismo para empezar a cobrar impuestos a los servicios de streaming e incluyó a muchos otros servicios digitales no domiciliados; localizados en el extranjero, con el objetivo de que se pueda regularizar el cobro del impuesto general a las ventas (IGV) por los productos y suscripciones que estas firmas ofrecen. En el listado se encuentran plataformas como Netflix, Disney+, HBO Max, Spotify y más, pero también se ha decidido sumar a otros servicios como Zoom, Teams, Airbnb, Amazon, Google Drive, LinkedIn Premium, entre otros. ¿Qué se sabe sobre la norma y de qué manera se aplicará? Aquí lo explicamos.
A partir de octubre de este año, alrededor de 600 plataformas digitales (Netflix, Spotify, Apple Music, Amazon Prime Video y otras) incluirán en el cobro de su servicio el impuesto general a las ventas (IGV), equivalente al 18%, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
“Se empieza a retener o percibir el IGV a los consumidores a partir de octubre. Y la empresa tendrá que sujetarse al mes, a partir de noviembre en adelante, para efectuar la declaración y el pago del IGV”, detalló el intendente de Estrategias y Riesgos de la Sunat, José Peña.
La entidad recaudadora indicó que el Decreto Legislativo N.º 1623, que modifica la Ley del IGV respecto a la utilización en el país de servicios digitales y la importación de bienes intangibles mediante internet, no implica la creación de un nuevo impuesto, sino que establece una forma para recaudar el IGV por los servicios digitales prestados por proveedores no domiciliados en el Perú, cuando los consumidores sean personas naturales sin negocio.
Por este motivo se reguló un mecanismo de recaudación que implica la inscripción al Registro Único de Contribuyentes (RUC) para que las plataformas digitales declaren y paguen el IGV.
Explicó que si bien para la regulación vigente del IGV estas operaciones ya se encontraban gravadas, no había un mecanismo de recaudación efectivo, por lo cual se crea este proceso acorde con la nueva economía digital, que no requiere de presencia física en el mercado de consumo, eliminando la complejidad y los altos costos administrativos para el usuario o adquirente del bien sea el responsable de las obligaciones de declaración y pago ante la Sunat.
Competencia
La Sunat precisó que la medida iguala las condiciones entre proveedores de servicios digitales nacionales frente a los extranjeros, lo que crea incentivos para fomentar la competencia y la innovación.
La norma incluye definiciones de servicios digitales e importación de intangibles, nuevos criterios para determinar el uso o consumo en el país.
También prevé un mecanismo principal de recaudación que brinda facilidades a los sujetos no domiciliados (SND) para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias como agentes de percepción o retención.
Fuente: El Peruano
Fecha: 06/08/2024
Fuente: Diario el comercio