1. ¿Están sujetos a retención del impuesto a la renta los dividendos que una empresa constituida en el Perú pague a uno de sus accionistas que es una empresa residente en Chile? 2. ¿El tratamiento es distinto si el accionista es un fondo de inversión privado constituido en Chile? BASE LEGAL: – Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo N.º 179-2004-EF, publicado el 8.12.2004, y normas modificatorias (en adelante, LIR). – Convenio entre la República del Perú y la República de Chile para evitar la doble tributación y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto a la renta y al patrimonio, suscrito el 8.6.2001, aprobado mediante Resolución Legislativa N.° 27905, y ratificado por el Decreto Supremo N.° 005-2003- RE(2 ); y Protocolo Modificatorio( 3 ) (en adelante, el Convenio).
Fuente: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2020/informe-oficios/i143-2020-7T0000.pdf