MI EMPLEADOR ¿PUEDE OBLIGARME A REALIZAR HORAS EXTRAS?

06/09/2023
Adan Carrasco

EN CTFSAC, informa que en el Perú, las regulaciones y los derechos de los trabajadores están protegidos por la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, el Decreto Supremo  003-97-TR y otras disposiciones legales.

En general, el trabajo extraordinario u horas extras no pueden ser obligatorio y están sujetos a ciertas reglas y condiciones establecidas por Ley.

Según la legislación laboral peruana, se considera trabajo extraordinario  u horas extras a aquellas horas de trabajo que exceden la jornada laboral regular. Algunos puntos clave que debes  tener en cuenta en relación con las horas extras en Perú, son los siguientes: 

  1. Que sea voluntario, en principio las  horas extras no pueden ser impuestas de manera obligatoria por el empleador. El trabajador tiene la opción de aceptar o rechazar la realización de horas extras.
  2. La legislación laboral establece límites en la cantidad de horas extras que un trabajador puede realizar. En general, las horas extras no pueden exceder las 2 horas diarias ni las 12 horas semanales. Sin embargo, hay excepciones y ciertas actividades que tienen limitaciones diferentes.
  3. Las horas extras deben ser remuneradas a una tasa mayor que el trabajo regular. La legislación establece un porcentaje adicional sobre el sueldo regular para las horas extras.
  4. En algunos sectores, como la minería y la construcción, las reglas sobre horas extras puedan ser diferentes debido a las necesidades operativas específicas. Sin embargo, se aplican las restricciones sobre límites de tiempo y compensación aun.
  5. Para realizar horas extras, generalmente se requiere un acuerdo escrito entre el empleador y el trabajador. Esto puede ser parte del contrato laboral o un acuerdo especifico para cada ocasión.

CTFSAC,  recomienda que si su empleador loe está presionando para realizar horas extras de manera obligatoria  o está violando las regulaciones legales, solicite asesoría laboral sobre este y otros temas laborales de su interés.

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