Notificacion electrónica que realiza el Poder Judicial

06/09/2023
Adan Carrasco

A propósito del avance de las tecnologías de la información y de la comunicación, así como de la dura época que nos tocó vivir con la pandemia, los espacios y la comunicación virtual se han despuntado, y a ese escenario no son ajenas, por ejemplo, las notificaciones electrónica vía Casilla Electrónica  que realiza el Poder Judicial.

La pregunta que nos formulan es ¿Cuándo surten sus efectos la notificación vía Casilla Electrónica en caso desee interponer un recurso de apelación?

En CTFSAC te brindamos mayores detalles sobre el particular. En principio, se debe saber que de acuerdo con el artículo 155-C de la Ley Orgánica del Poder Judicial –en adelante LOPJ- “la resolución judicial surte efectos desde el segundo día siguiente en que se ingresa su notificación a la casilla electrónica, con excepción de las que son expedidas y notificadas en audiencias y diligencias especiales y a las referidas en los artículo 155-E y 155-G”.

Veamos cómo funciona a través de un caso práctico. Supongamos que el día 28 de agosto de 2023 te notifican una sentencia correspondiente a un caso circunscrito a un proceso inmediato. La norma, de acuerdo con el artículo 414, numeral 1, literal c) del Código Procesal Penal prevé 3 días para interponer el recurso de apelación en caso no estés de acuerdo con la decisión judicial.

De acuerdo con el artículo 155-C de la LOPJ, los efectos de la resolución judicial surten desde el segundo día de ingresado a la Casilla Electrónica, esto es, el día 31 de agosto de 2023, ya que el 30 de agosto es feriado, en consecuencia, el plazo para interponer el recurso de apelación es de 3 días, contados desde el día siguiente a la notificación, el cual vencería el 05 de septiembre de 2023.

Finalmente, en CTFSAC, te recomienda que estés al tanto de los plazos, puesto que estos son perentorios, y si se plantea un recurso fuera de los previstos sencillamente perderás la oportunidad de ejercitar tu derecho a la doble instancia: “los plazos son los plazos”.

Fuente: Diario el peruano

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