Pautas para atender acciones inductivas mediante el Sistema de Gestión Inductiva Electrónica

16/10/2021
Adan Carrasco

La Administración Tributaria ha venido realizando en los últimos meses acciones inductivas referidas a aspectos como rentas no declaradas generadas en el extranjero o inconsistencias en los registros de ventas, entre otros, de manera virtual, por lo que es importante considerar las siguientes pautas para atender estas acciones inductivas a través del Sistema de Gestión Inductiva – GIE:

1. ¿Qué acciones inductivas pueden ser atendidas mediante el Sistema de Gestión Inductiva Electrónica

*De acuerdo a lo publicado en la página web de la Sunat, dentro de la opción Acciones de Fiscalización – 07 Gestión Inductiva Electrónica, la cual se puede visualizar mediante el siguiente cuadro:

Tipos de acciones inductivas*Concepto
Esquela de solicitud de informaciónDocumento a través del cual se comunican posibles inconsistencias y/u omisiones en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias. Además, se solicita que presente o proporcione documentación y/o información en el plazo establecido por la Sunat.
Carta inductivaEs el documento a través del cual se comunican posibles inconsistencias y/u omisiones en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, a fin de que proceda con su pronta regularización. De no estar de acuerdo con lo indicado en dicho documento, podrá presentar su descargo, debidamente sustentado, a través del sistema.

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