En la actualidad se encuentren vigentes las disposiciones para el llevado del Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica a través de la puesta a disposición de los deudores tributarios de una propuesta de dicho registro (RVIE), que incorpora, entre otros, información con la que cuenta SUNAT, a fin de que sea aceptada, complementada o reemplazada para efecto de generar el RVIE y/o anotar las operaciones en dicho registro.
Ahora bien, dado que SUNAT también cuenta con determinada información que corresponde anotar en el Registro de Compras, por la presente norma se facilita el cumplimiento del llevado del mismo de manera electrónica (RCE), para lo cual se ha aprobado lo siguiente:
- Un módulo similar al módulo del RVIE para poner a disposición de los deudores una propuesta de RCE que incorpore la citada información.
- El Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) que comprende tanto el RVIE como el RCE.
Aunado a ello, se dispone la modificación de la estructura y formato del Libro Diario y el Libro Diario en Formato Simplificado, a fin de que se pueda anotar en estos el código de anotación de registro (CAR) que se generará por cada comprobante de pago u otro documento a anotar en el RCE.
Finalmente, entre otras disposiciones se ha dispuesto que los deudores tributarios no comprendidos en el Anexo No. 7 de la resolución que aprobó el RVIE (y que en principio estaban obligados a llevar este módulo a partir del periodo abril 2022), continuarán sujetos a la normativa que regula la obligación de llevar el Registro de Ventas e Ingresos de manera electrónica a través del SLE – PLE o el SLE – Portal, incluso hasta el periodo diciembre 2022, salvo que: i) Opten por afiliarse al llevado del RVIE y el RCE en el SIRE; o ii) Adquieran la obligación de llevar el RVIE y el RCE. Se advierte que por los periodos abril a diciembre 2022 no se puede optar por afiliarse al llevado solo del RVIE.
Vigencia: 01.10.2022 (la propia norma indica los sujetos que deberán llevar el RVIE y el RCE a partir del periodo octubre 2022 en adelante).
https://ww3.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2022/040-2022.pdf